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icono VALORACIÓN Y ORIENTACIÓN EN CUENCA



RecursosReconocimiento del grado de discapacidad
Recursos Reconocimiento de la situación de dependencia
Recursos Normativa reguladora

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 



 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

FLECHAReconocimiento del grado de discapacidad

La Valoración de la Discapacidad se lleva a cabo mediante el reconocimiento de las personas que o bien presentan una enfermedad crónica, o presentan algún déficit, anomalía o problema en sus funciones y/o estructuras corporales, pudiendo dar lugar a limitaciones en su capacidad para realizar actividades y en su capacidad de participación. Los vocales del equipo técnico de valoración valoran cada uno de los aspectos o características de las personas que influyen en la discapacidad, aplicando los baremos contenidos en el Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre.

La Consejería dispone de 12 Equipos Técnicos de Valoración (E.T.V), ubicados en los Centros Base dependientes de cada una de los Servicios Periféricos: dos en Albacete, tres en Ciudad Real, dos en Cuenca, dos en Guadalajara, dos en Toledo, y uno en Talavera de la Reina, dependiente del Centro Base de Toledo.

Los E.T.V. están compuestos por tres vocales: Médico, Psicólogo y Trabajador Social, conforme a criterios interdisciplinarios.

Los Equipos de Técnicos de Valoración se ubican en los Centros Base de Atención a Personas con Discapacidad, y tienen las funciones siguientes:

Dichos dictámenes incluirán la siguiente información:

valoraciónDatos identificativos de la persona interesada.
valoraciónDeficiencias, diagnósticos y etiologias.
valoraciónPorcentaje parcial correspondiente a cada tipo de discapacidad (cuando coexistan dos o más deficiencias en una misma persona).
valoraciónResultado de la combinación de los porcentajes obtenidos por deficiencias de distintos aparatos o sistemas.
valoraciónPorcentaje de los factores sociales complementarios.
valoraciónPorcentaje total de discapacidad.
valoraciónResultado de los baremos de dificultades de movilidad (si tiene mas de 3 años de edad y al menos un 33% de discapacidad) y de necesidad de ayuda de tercera persona (si tiene mas de 18 años de edad y al menos un 75% de discapacidad).
valoraciónRecomendaciones del Equipo Técnico de Valoración sobre utilización de recursos o apoyos.
valoraciónPlazo de validez del dictamen.

Las actuaciones de valoración pueden tener también por objeto la revisión del Dictamen Técnico Facultativo, sea por agravamiento o por mejoría.

El Dictamen Técnico Facultativo es el documento previo y requisito para el acceso a las prestaciones derivadas de la Ley 13/1982 de 7 de abril de Integración Social de Personas con Minusvalía, o a la prestación de invalidez en su modalidad no contributiva y la prestación por hijo a cargo con minusvalía, reguladas en el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social.

Los ETV tienen también la función de dictaminar sobre la movilidad de los usuarios, valorando si esta es reducida y permanente, y sobre el acceso a los diferentes servicios y prestaciones previstos en la Ley 1/1994 de 24 de mayo, de Accesibilidad y Eliminación de Barreras en Castilla-La Mancha.

Una función adicional del Equipo Técnico de valoración es la de prestar asistencia a la Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales en los procedimientos contenciosos en los que sea parte, así como elaborar los informes técnicos que les sean requeridos por los Servicios Periféricos.


Revisión
Las revisiones del grado de discapacidad podrán efectuarse a instancia de parte u oficio, en las revisiones de instancia de parte serán por agravamiento o mejoría, el interesado deberá adjuntar necesariamente la solicitud, los informes médicos y psicológicos que lo acrediten, siempre que hayan transcurrido dos años desde la fecha de la resolución. Excepcionalmente este plazo no será necesario en los supuestos de error diagnostico o cuando el equipo técnico de valoración determine, mediante la documentación aportada, cambios sustanciales en la calificación del grado
.

[descargar solicitud del grado de discapacidad]

valoraciónUbicación de los Equipos Técnicos de valoración en Cuenca

Directorio de los Centros Base en Cuenca

Cuenca
Centro Base
C/ Fernando Zóbel, 1
16002 CUENCA
Tfno.: 969 22 40 67

Fax.: 969 21 28 72

 

valoraciónTarjeta acreditativa del grado de discapacidad. [Orden de 29/06/2010, de la Consejería de Salud y Bienestar Social, por la que se crea la tarjeta acreditativa de grado de discapacidad]. [más información].

La tarjeta acreditativa de grado de discapacidad es un documento público, personal e intransferible, que acredita fehacientemente el reconocimiento del grado de discapacidad de su titular y sirve de documento sustitutivo, a todos los efectos, de la resolución por la que se reconoce dicho grado, teniendo validez en todo el territorio del Estado.

Cuando se modifique el grado de discapacidad reconocido a la persona titular de una tarjeta como consecuencia de resolución administrativa o judicial, se aplicarán los siguientes criterios:

a) En el caso de que el grado de discapacidad reconocido fuera modificado por nueva resolución administrativa o judicial con un grado de discapacidad superior o inferior al originario se emitirá a favor de la persona afectada por la modificación del grado una nueva tarjeta acreditativa, procediendo la persona interesada a la devolución de la antigua tarjeta al Centro Base correspondiente.
b) En el caso de que el grado de discapacidad reconocido inicialmente fuera igual o superior al 33% y, como resultado de la resolución administrativa o judicial que lo modifica pase a ser inferior al 33%, la persona afectada por la modificación del grado estará obligada a la devolución de la antigua tarjeta al Centro Base correspondiente.


Características de la tarjeta acreditativa de grado de discapacidad
Medidas: Altura: 54 mm. Anchura: 85 mm.
Color: Azules y blanco
Tendrá anverso y reverso:

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FLECHA Reconocimiento de la situación de dependencia

El procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del SAAD se iniciará a instancia de la persona que pueda estar afectada por algún grado de dependencia o por quien tenga su representación. Su tramitación se ajustará a las previsiones establecidas en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, con las especificidades que resulten del presente Decreto.

En el caso de personas atendidas en plazas residenciales, centros de día, centros ocupacionales, centros de rehabilitación psicosocial, o en cualquier otro servicio de la red pública de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha de los contemplados en el catálogo de servicios del SAAD, la Administración Regional podrá facilitar y promover el reconocimiento de su situación de dependencia para garantizar la protección de sus derechos.[más información]

Junto con la solicitud se aportará , la siguiente documentación:
a) Documento Nacional de Identidad de la persona interesada, y en su defecto, documento acreditativo de su personalidad.
Para los menores de edad se presentará Libro de Familia, cuando éstos no dispongan de Documento Nacional de
Identidad.
Las personas que carezcan de la nacionalidad española aportarán tarjeta acreditativa de su condición de residente en la que figure el Número de Identificación de Extranjero.
b) Documento Nacional de Identidad del representante legal o guardador de hecho, y en su caso, resolución judicial de incapacitación y documento acreditativo de la representación.
c) Certificado de empadronamiento de la persona interesada.
d) La última declaración del impuesto de la renta de las personas físicas de la persona interesada, en su caso.
e) Certificado sobre las pensiones públicas que perciba la persona interesada.
f) Informe de salud, en el que se reflejen las condiciones de salud de la persona solicitante que fundamenten desde una perspectiva médica la necesidad de ayuda para realizar las actividades básicas de la vida diaria, y en su caso, sobre las ayudas técnicas, órtesis y prótesis que le hayan sido prescritas, conforme al modelo normalizado. Este informe será emitido.


[Descargar solicitud]


Ubicación de los Equipos Técnicos de Valoración de la Dependencia en Cuenca


Cuenca
C/ Lorenzo Hervás y Panduro, 1
16071 Cuenca
Tfno.: 969 17 70 20

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[Fecha última actualización: 05 de noviembre de 2010]