Beneficios Transporte Urbano en Guadalajara
BENEFICIARIOS:
Podrán disfrutar de este beneficio aquellas
personas que, están empadronadas en Guadalajara, reúnan
alguna de las condiciones siguientes:
1º Tener sesenta y cinco años cumplidos y
no percibir por ingresos totales individuales una cantidad superior
al salario mínimo interprofesional, anualmente.
2º Disfrutar de pensión de jubilación
por razón de edad o de invalidez permanente (absoluta o total),
siempre que los ingresos totales individuales por este concepto no superen
el salario mínimo interprofesional, anualmente.
3º En cualquiera de los dos casos anteriores, el
cónyuge que no tenga ingresos a su nombre.
REDUCCIÓN:
El precio del billete reducido será el vigente
en cada momento, con un descuento del 40 por 100 del precio del billete
ordinario.
DOCUMENTACIÓN:
Las solicitudes del carnet que da derecho al billete con
el precio reducido se formularán ante la Delegación Municipal
de Transportes, acompañando la siguiente documentación:
REVISIONES:
Anualmente se procederá a la revisión de
los referidos carnets, al objeto de constatar que las circunstancias
de sus titulares continúan haciéndoles merecedores del
beneficio concedido.
VALIDEZ:
El período de validez de los carnets será
de un año, a partir del día 1º de enero de cada año.
A partir del día 1º de enero de cada año no serán
válidos los carnets del año anterior, aunque los de nueva
concesión se extenderán en cualquier fecha a lo largo
del año.
Serán retirados los carnets que sean utilizados por persona distinta
del titular, considerando en este caso al poseedor como ciajero sin
billete y anulando el carnet a su titular.
RENOVACIÓN:
El período de renovación de los carnets
comenzará el 1º de septiembre y finalizará el 31
de diciembre.
(Fecha última actualización: 27 de febrero de 2007)