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Recursos de Cuenca >

Integración en la comunidad en CUENCA.

1 Apoyo individual y familiar
2 Vivienda y alojamiento
3 Accesibilidad y transporte
6 Ocio, cultura y deporte

 

 

 

 



 

indice Apoyo individual y familiar

Apoyo Ayuda a domicilio
Apoyo Teleasistencia
Apoyo
Centros de Día
Apoyo
Respiro familiar
Apoyo
Tutela e Incapacitación
cai
Escuelas Infantiles [Antes Centros de Atención a la Infancia-CAIs]
Apoyo SAF [Servicio de Apoyo a Familias]
uno
Puntos de información

 

 

 

 

 

 

 

SUBIREscuelas Infantiles



PRINCIPIOS GENERALES

1. La educación infantil constituye la etapa educativa con identidad propia que atiende a niñas y niños desde el nacimiento hasta los seis años de edad.
2. El primer ciclo de la educación infantil tiene carácter voluntario y comprende desde el nacimiento hasta los tres años.
3. Los centros docentes en los que se imparta el primer ciclo de la educación infantil promoverán la coordinación de las programaciones didácticas con los centros docentes que imparten el segundo ciclo de la educación infantil.
4. Los centros docentes cooperarán estrechamente con las madres y los padres o los tutores y las tutoras, con el objeto de respetar su responsabilidad, en una acción educativa compartida.


FINALIDAD

1. La finalidad de la educación infantil es la de contribuir al desarrollo físico, afectivo, social e intelectual de los niños y las niñas, respetando sus derechos y atendiendo a su bienestar.
2. En la educación infantil se atenderá progresivamente al desarrollo afectivo, al movimiento y los hábitos de control corporal, a las manifestaciones de la comunicación y del lenguaje, a las pautas elementales de convivencia y relación
social, así como al descubrimiento de las características físicas y sociales del medio en el que viven las niñas y los niños. Además, se facilitará que los niños y niñas elaboren una imagen positiva y equilibrada de sí mismos y adquieran autonomía personal.
3. El carácter educativo del primer ciclo de la educación infantil será recogido en una propuesta pedagógica que formará parte del proyecto educativo y social de los centros docentes que la ofrezcan.



OBJETIVOS GENERALES

El primer ciclo de la educación infantil contribuirá a desarrollar en las niñas y los niños, las capacidades que les permitan:
a. Descubrir y construir, a través de la acción, el conocimiento de su propio cuerpo y el de los otros, valorar sus posibilidades de acción y aprender a respetar las diferencias.
b. Observar y explorar su entorno familiar, natural y social a través del juego, y desarrollar actitudes de curiosidad y observación.
c. Adquirir progresivamente autonomía en las actividades habituales de alimentación, higiene y descanso, y adoptar hábitos de seguridad ante el riesgo en su relación con el entorno.
d. Construir una imagen ajustada de sí mismos y desarrollar sus capacidades afectivas.
e. Establecer relaciones positivas con los iguales y los adultos, adquirir las pautas elementales de convivencia y relación social, y regular progresivamente la conducta en distintos contextos.
f. Desarrollar las habilidades para expresar las necesidades propias y para comprender las demandas de los otros.



Normativa reguladora


legislacion Decreto 88/2009, de 07/07/2009, por el que se determinan los contenidos educativos del primer ciclo de la Educación Infantil y establecen los requisitos básicos que deben cumplir los centros que lo impartan en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. [DOCM 10 Julio 2009]

legislacion Decreto 89/2009, de 07/07/2009, de modificación del Decreto 141/2008, de 9 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica y competencias de la Consejería de Educación y Ciencia. [DOCM 10 julio 2009]

legislacion Orden de 01-04-2008, de la Consejería de Bienestar Social, por la que se regula el procedimiento de admisión en Centros de Atención a la Infancia de titularidad autonómica. [DOCM 07 abril 2008]

legislacion Orden de 29-03-2004, de la Consejería de Bienestar Social, por la que se regula el horario y el procedimiento de admisión en Centros de Atención a la Infancia. [DOCM de 7 de abril de 2004] [Derogada excepto de su artículo 4 que se declara vigente]



 

SUBIR RECURSOS Y SERVICIOS DE INFANCIA Y FAMILIA

 

 

 

 

 

ApoyoTutela e Incapacitación

UNO Comisión de Tutela
DOS Fundaciones Tutelares
TRES Servicio de Asesoría Jurídica y Social

 

 

 

 

 

 

ctutela Comisión de Tutela

Legislación reguladora:

Ley 5/1995, de 23 de Marzo, de Solidaridad en Castilla-La Mancha [DOCM de 21 de abril de 1995]:
" ...Capítulo VI. De la tutela de los derechos.
Artículo 32. Comisión de tutela.
1.- Se crea la Comisión de Tutela como órgano de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para el ejercicio de las competencias que a la misma pudieran corresponderle cuando por sentencia se le asigne la tutela de adultos incapacitados.
Reglamentariamente se regulará su composición y régimen de funcionamiento.
2.- El cumplimiento de los deberes tutelares de adultos se ejercerá conforme a lo dispuesto en el Título X del Código Civil. Todas las medidas que se adopten estarán dirigidas tanto a la guarda y protección de la persona y bienes del adulto representado, como a propiciarle la integración y normalización en su propio medio social, o alternativamente, facilitarle los recursos sociales idóneos para su desarrollo personal..."

Decreto 71/1997, de 17 de junio, de la Comisión de Tutela de Castilla-La Mancha.[DOCM de 20 de junio de 1997]

Decreto 52/1999, de 11-05-99, por el que se modifica el Decreto 71/1997, de 17 de junio, de la Comisión de Tutela de Castilla-La Mancha. [DOCM de 21 de mayo de 1999]

Dirección:

Comisión de Tutela
Avda. de Francia, 4
45071 Toledo
Tlfno.: 925 26 70 99

 

 

 

 


indicePuntos de información

Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales
Avda. Francia, 4 45071 Toledo.
Tfno.: 925 26 70 99 Fax: 925 266 112

Servicios Periféricos de la Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales en Cuenca
C/ Lorenzo Hervás y Panduro, 1
16071 Cuenca
Tfno.: 969 17 68 07 / 969 17 68 08
Fax: 969 22 91 65


 

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indice Vivienda y alojamiento

uno Centros para personas con discapacidad
TRES
Ayudas y subvenciones
CUATRO
V Plan Regional de Vivienda

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

indiceTutela e Incapacitación


UNO Fundaciones Tutelares
dos Servicio de Asesoría Jurídica y Social

 

 

 

 



indice Accesibilidad y transporte

uno Manual de accesibilidad
2
Código de accesibilidad
5 Tarjeta de accesibilidad
6 Ayudas y programas
7 CEAPAT (Centro Estatal de Autonomía Personal y Ayudas Técnicas)
8 Eurotaxis
7 Unidades Técnicas de Accesibilidad
8 Cupo de viviendas accesibles

 

 



 

 

 

 

 

 

 

 

 

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indice CEAPAT (Centro Estatal de Autonomía Personal y Ayudas Técnicas)
Delegación en Albacete

C/ Jesús del Gran Poder, 1
02006 Albacete
Tfnos.: 967 21 65 01 y 21 65 61
Fax: 967 21 66 37
WEB: http://www.ceapat.org


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INDICE Cupo de viviendas accesibles

Registros Provinciales de Demanda de Vivienda Adaptada para Personas en Situación de Movilidad Reducida

Estos registros tienen la finalidad de garantizar la disponibilidad de información sobre opciones de alojamiento, en viviendas adaptadas, en régimen de V. P. P. (Vivienda de Promoción Pública) y V. P. O. (Vivienda de Protección Oficial) en el territorio de la Región.

Estos registros tienen la finalidad de garantizar la disponibilidad de información sobre opciones de alojamiento, en viviendas adaptadas, en régimen de V. P. P. (Vivienda de Promoción Pública) y V. P. O. (Vivienda de Protección Oficial) en el territorio de la Región.

Así, la Ley 1/1994, de 24 de mayo, establece los principios a los que deberán adaptarse los procesos de reserva de vivienda para personas con movilidad reducida permanente, en las programaciones de promoción pública y de protección oficial que se lleven a cabo en la Comunidad.

El Código de Accesibilidad de Castilla-La Mancha articula un mecanismo de información para fomentar el acceso a este tipo de viviendas por las personas interesadas o, subsidiariamente, por Entidades Públicas o Privadas, sin ánimo de lucro, para ofrecer alternativas de alojamiento a quienes se encuentren en situación de necesidad.

Todo ello conlleva el desarrollo de instrumentos que, al mismo tiempo, refuercen la actuación institucional, faciliten la comunicación entre las Entidades Promotoras y quienes precisen de viviendas adaptadas y, fundamentalmente, garanticen el derecho a la información de las personas interesadas y de quienes conviven habitualmente con ellas.

Y, a tal fin, se establece la creación de los dos registros que, de forma actualizada y sistemática, potencie los canales de información sobre la oferta de viviendas adaptadas existente, aprobándose la Orden de la Consejería de Bienestar Social, de creación de los Registros Provinciales de Demanda de Vivienda Adaptada para Personas en Situación de Movilidad Reducida.


formato pdfSolicitud de inscripción del registro de demandantes de vivienda

Información Oficinas de vivienda

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

indice Ocio, cultura y deporte

uno Deporte en Castilla-La Mancha
2 Red de clubes y federaciones deportivas
3 Guías de accesibilidad

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

indice Guías

publicación Turismo accesible en Castilla-La Mancha (II) Provincias de Albacete, Cuenca y Guadalajara. Fundación del Hospital Nacional de Parapléjicos para la Investigación y la Integración, 2007.

 

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(Última actualización: Viernes, 11 Noviembre, 2011 12:41 )