La Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia supone un gran avance en el Estado del Bienestar, pues establece un nuevo derecho ciudadano al garantizar la atención y el cuidado de las personas en situación de dependencia de toda España, a través del Sistema de Autonomía y Atención a la Dependencia.
Este Sistema Nacional de Dependencia estará constituido por una red de centros y servicios, públicos y privados, que garantizará a las personas en situación de dependencia y a sus familias, unas prestaciones básicas que les permitan mejorar su calidad de vida.
¿QUÉ ES LA DEPENDENCIA?
Es la situación permanente en la que se encuentra una persona, por la cual precisa de la atención de otra u otras personas para realizar actividades básicas de la vida diaria.
¿QUIÉN PODRÁ BENEFICIARSE DE LA LEY?
Para poder beneficiarse de los derechos que otorga esta Ley será necesario:
Ser español.
Residir en el territorio nacional.
Ser declarado "dependiente" por el órgano evaluador de la comunidad autónoma.
CATÁLOGO DE SERVICIOS Y PRESTACIONES QUE CONTEMPLA LA LEY
Prevención de situaciones de dependencia.
Teleasistencia.
Ayuda a Domicilio.
Centros de día para mayores.
Centros de día para menores de 65 años.
Centros de noche.
Residencias para mayores.
Centros de atención a personas con discapacidad psíquica y física.
Prestaciones económicas. (Con carácter excepcional, cuando no existan servicios adecuados para atender las situaciones de dependencia se podrán conceder prestaciones para el cuidado en el entorno familiar, para la adquisición de un servicio o la contratación de una asistenta personalizada para grandes dependientes).
¿CÓMO SE VALORARÁ EL GRADO DE DEPENDENCIA?
La valoración del grado y niveles de dependencia se efectuará mediante la aplicación de un baremo de carácter nacional. El reconocimento del derecho será expedido por la comunidad autónoma y tendrá validez en toda España.
En cada provincia de Castilla-La Mancha existirá Equipos de Valoración de la Dependencia, que aplicarán en el domicilio del solicitante el procedimiento de valoración acordado.
El baremo valorará la capacidad de la persona para realizar, por sí misma, las actividades básicas de la vida diaria, así como la necesidad de apoyo.
¿CÓMO PARTICIPARÁN LOS USUARIOS EN EL COSTE DE LOS SERVICIOS?
Los beneficiarios participarán en la financiación de los servicios según el tipo y coste de los mismos, y según su capacidad económica. Sin embargo, ningún ciudadano quedará fuera de la cobertura del Sistema de Autonomía y Atención a la Dependencia por no disponer de recursos económicos.
APLICACIÓN PROGRESIVA DE LA LEY DE DEPENDENCIA
Ley de Dependencia GRADOS PERÍODO DE APLICACIÓN Gran Dependencia
(Personas que necesitan de apoyo indispensable y continuo de otra persona, para realizar todas las actividades básicas de la vida diaria)En 2007 Dependencia Severa
(Personas que necesitan de ayuda para realizar actividades básicas de la vida diaria 2 ó 3 veces al día, pero no precisan de apoyo permanente)Entre 2008 y 2011 Dependencia Moderada
(Personas que necesitan de ayuda para realizar alguna actividad básica de la vida diaria, al menos una vez al día)Entre 2012 y 2015
Durante el año 2007, las personas que se encuentren en situación de gran dependencia podrán solicitar el reconocimiento de su grado y nivel de dependencia, una vez estén constituidos los servicios de valoración de la comunidad autónoma.Para recibir más información sobre el contenido de la Ley, la solicitud de valoración o modo de acceso a los servicios y prestaciones se pueden dirigir al Trabajador Social de su localidad.
Teléfono de Único de Información en Castilla-La Mancha: 012
www.jccm.es/social/prog.htm
Tfno.: 900 40 60 80
Delegaciones provinciales:
- Delegación provincial de Bienestar Social de Albacete
C/ Pedro Simón Abril, 10
02071
Telf.: 967 55 80 00
- Delegación provincial de Bienestar Social de Ciudad Real
C/ Postas, 20
13071
Telf.: 926 27 62 00
- Delegación Provincial de Bienestar Social de Cuenca
C/ Lorenzo Hervás y Panduro, 1
16071
Telf.: 969 17 68 00
- Delegación provincial de Bienestar Social de Guadalajara
C/ Fernández Iparraguirre, 1
19071
Telf.: 949 88 55 00
- Delegación provincial de Bienestar Social de Toledo
C/ Núñez de Arce, 24
45071
Telf.: 925 26 90 69
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