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Corrección de errores a los criterios de reparto de créditos de la Administración General del Estado para la financiación del nivel acordado de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.

 

 
Fecha del BOE 13 julio 2007.
Fecha de la Disposición 23 mayo 2007.
Nº BOE 167
Páginas 30546-30547
RANGO CORRECCIÓN de errores de la Resolución de 23 de mayo de 2007, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros, por el que se aprueba el marco de cooperación interadministrativa y criterios de reparto de créditos de la Administración General del Estado para la financiación del nivel acordado, previsto en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.
Órgano emisor Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.

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Disposiciones relacionadas

Disposición RESOLUCIÓN de 23 de mayo de 2007, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, por la que se publica el acuerdo del Consejo Territorial del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, por el que se establecen los acuerdos en materia de valoración de la situación de dependencia.

Disposición LEY 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.

Advertidos errores en la Resolución de 23 de mayo de 2007, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, por la que se publica el Acuerdo de Consejo de Ministros, por el que se aprueba el marco de cooperación interadministrativa y criterios de reparto de créditos de la Administración General del Estado para la financiación del nivel acordado, previsto en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 132, de 2 de junio de 2007, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones:

En la página 24214, columna derecha, primer párrafo, donde dice:

«Por otra parte, para la aplicación de estos criterios se ha convenido utilizar como referencia la Ley 21/2001, por la que se regulan las medidas fiscales y administrativas del nuevo sistema de financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común y Ciudades con Estatutos de Autonomía, adecuando las ponderaciones a las peculiaridades de la Ley 39/2006.»

Debe decir:

«Por otra parte, para la aplicación de estos criterios, que tendrán validez para el año 2007 y se revisarán para el año 2008, se ha convenido utilizar como referencia las ponderaciones de la Ley 21/2001, por la que se regulan las medidas fiscales y administrativas del nuevo sistema de financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común y Ciudades con Estatuto de Autonomía, adecuándose a las peculiaridades de la Ley 39/2006.»

En la página 24217, columna izquierda, epígrafe 3, a continuación del primer párrafo donde dice:

«Fondo general: Dotado con 200.000.000 €.», debe decir: «Fondo general: Dotado con 200.000.000 de €, incluye el fondo de infraestructuras.»

En la página 24217, columna izquierda, epígrafe 4, punto 1, donde dice:

«1. Teniendo en cuenta lo establecido en el proyecto de Real Decreto.../2007, de... mayo, sobre el nivel mínimo de protección del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia garantizado por la Administración General del Estado, las cantidades a financiar por beneficiario y mes serán 250 € para el grado III, nivel 2, y 170 para el grado III, nivel 1. La liquidación se realizará mensualmente, en función de los datos de reconocimiento efectivo del derecho a las prestaciones de la Ley.»

Debe decir:

«1. Teniendo en cuenta lo establecido en el Real Decreto 614/2007, de 11 de mayo («BOE» número 114, de 12 de mayo), sobre el nivel mínimo de protección del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia garantizado por la Administración General del Estado, las cantidades a financiar por beneficiario y mes serán: 250 € para el grado III, nivel 2, y 170 para el grado III, nivel 1. La liquidación se realizará mensualmente, en función de los datos de reconocimiento efectivo del derecho a las prestaciones de la Ley.»

En la página 24217, en el anexo de la resolución donde dice: «Fondo general: 20.000.000 de euros.», debe decir: «Fondo general: 200.000.000 de euros».