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Subvenciones para la realización de programas de cooperación y voluntariado sociales con cargo a la asignación tributaria

 

 
Fecha del BOE 19 de septiembre de 2006.
Fecha de la Disposición 8 de septiembre de 2006.
Nº BOE 224
Páginas 32903
RANGO ORDEN TAS/2874/2006, de 8 de septiembre, por la que se acuerda ampliar el plazo de resolución de la convocatoria de subvenciones para la realización de programas de cooperación y voluntariado sociales con cargo a la asignación tributaria del impuesto sobre la renta de las personas físicas, publicado por Orden TAS/892/2006, de 23 de marzo.
Órgano emisor Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.

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Disposiciones relacionadas Disposición ORDEN TAS/892/2006, de 23 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras y se convoca la concesión de subvenciones para la realización de programas de cooperación y voluntariado sociales con cargo a la asignación tributaria del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Por Orden TAS/892/2006, de 23 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 75, de 29 de marzo) se establecían las bases reguladoras y se convocaba la concesión de subvenciones para la realización de programas de cooperación y voluntariado sociales con cargo a la asignación tributaria del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

El artículo 10, punto 3, párrafo tercero, de esta Orden determinaba que las resoluciones se dictarían y notificarían en el plazo máximo de seis meses, contados desde la fecha de publicación de la Orden de bases y de convocatoria.

Dado el importante volumen de solicitudes de subvenciones formuladas y que la fecha límite de resolución es el 29 de septiembre de 2006, se hace necesaria una ampliación del plazo máximo inicialmente establecido para dictar y notificar las resoluciones a los solicitantes, de acuerdo con el artículo 42.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción dada por la Ley 4/1999.

En su virtud, dispongo:

Primero.-El plazo de resolución y notificación previsto en el artículo 10, punto 3, párrafo tercero, de la Orden TAS/892/2006, de 23 de marzo, queda ampliado en tres meses.

Segundo.-Mediante la presente Orden quedan notificadas todas las entidades solicitantes que han concurrido a la referida convocatoria, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 42.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción dada por la Ley 4/1999.

Tercero.-Esta Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 8 de septiembre de 2006.-El Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, Jesús Caldera Sánchez-Capitán.