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Estatuto del Personal de las Cortes Generales.

 

Fecha del BOE 05 de abril de 2006.
Fecha de la Disposición 27 de marzo de 2006.
Nº BOE 81
Páginas 13164-13183
RANGO
ACUERDO de 27 de marzo de 2006, adoptado por las Mesas del Congreso de los Diputados y del Senado en reunión conjunta por el que se aprueba el Estatuto del Personal de las Cortes Generales.
Personas con discapacidad

Artículo 9. Acceso a la condición de funcionario de las Cortes Generales.
1. "El acceso como funcionario de las Cortes Generales de las personas con discapacidad se inspirará en los principios de igualdad de oportunidades y compensación de desventajas".
Artículo 11. Turno restringido y reserva de plazas.
"2. Asimismo, se reservará un cupo de un diez por ciento de las plazas convocadas, para su provisión entre personas con discapacidad de grado igual o superior al treinta y tres por ciento, siempre que reúnan los requisitos de la convocatoria, superen las pruebas selectivas y, en su momento, acrediten el indicado grado de discapacidad y la compatibilidad con el desempeño de las tareas y funciones correspondientes."

Órgano emisor

Cortes Generales .

Documento

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