Disposiciones
Derogadas |
Quedan derogadas todas las normas de igual o inferior rango que se opongan a lo establecido en la presente Orden y, en especial las siguientes:
1. El apartado séptimo, 1. de la Orden del Ministerio de la Presidencia de 28 de marzo de 1995, por la que se desarrolla el Real Decreto 1665/ 1991, de 25 de octubre, por la que se regula el sistema general de reconocimiento de títulos de Enseñanza Superior de Estados miembros de la Comunidad Europea que exigen formación mínima de 3 años, en lo que afecta a la profesión de Diplomado/a en Trabajo Social.
2. La Orden de 21 de mayo de 1996, sobre delegación del ejercicio de competencias en los órganos administrativos del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, la Orden de 25 de junio de 1996 por la que se corrigen errores de la anterior, así como las Ordenes de 12 de septiembre de 1996, 12 de marzo de 1997, 26 de junio de 1997, 8 de enero de 1998, 13 de noviembre de 1998, 18 de febrero de 1999, 25 de junio de 1999, 15 de marzo de 2001, 15 de octubre de 2001 y la Orden TAS/98/2006, de 23 de enero que modificaron la de 21 de mayo de 1996.
3. La Orden TAS/2293/2002, de 11 de julio, sobre delegación del ejercicio de competencias en los órganos administrativos del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.
4. La Orden TAS/2545/2002, de 14 de octubre, sobre delegación del ejercicio de competencias en el Subsecretario de Trabajo y Asuntos Sociales.
5. La Orden TAS/171/2003, de 3 de febrero, sobre delegación del ejercicio de competencias en los órganos administrativos del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.
6. La Orden TAS/1342/2004, de 12 de mayo, sobre delegación del
ejercicio de competencias en los órganos del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.
7. La Orden TAS/36/2005, de 10 de enero, sobre delegación de competencias de la Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración y la subsecretaría de Trabajo y Asuntos Sociales, en materia de contratación administrativa, anticipo de caja fija, pago de ayudas económicas y gestión de personal.
8. La Resolución de 10 de enero de 2005, de la Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración, sobre delegación de competencias, en materia de ingreso, traslado, baja y prórroga de estancia en los centros de migraciones.
9. La Orden TAS/1693/2005, de 26 de mayo, por la que se aprueba la delegación del ejercicio de competencias de la Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración y la Subsecretaría en el titular de la Dirección General de Integración de los Inmigrantes. |