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Las solicitudes recibidas dentro de los 30 días naturales
siguientes a la publicación de esta Orden, serán sometidas
a estudio, resolviendo sobre las mismas la Dirección General de
Formación y Empleo con el límite de las disponibilidades
presupuestarias.
No obstante, en función de las disponibilidades presupuestarias,
se aprobarán sucesivamente, aquellas solicitudes pendientes así
como cualesquiera otras que pudiesen presentarse a esta convocatoria.
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