| Fecha DOCM | 31 diciembre 2009 |
| Fecha Disposición | 29 diciembre 2009 |
| Páginas | 55878-55890 |
| Nº DOCM | 254 |
| Rango | ORDEN Orden de 29/12/2009, de la Consejería de Salud y Bienestar Social, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones económicas en favor de menores, personas mayores, personas con discapacidad y personas en situación de dependencia, y se efectúa su convocatoria para el ejercicio 2010. |
| Objeto | Establecer con carácter indefinido las bases reguladoras para la concesión en atención a la situación del perceptor, de prestaciones económicas a favor de menores, personas mayores, personas con discapacidad y personas en situación de dependencia, de naturaleza subvencional, dirigidas a paliar situaciones de necesidad puntuales o prolongadas, entendidas como medidas de acción positiva, con el fin de promover la integración familiar, la autonomía personal y la atención especializada en centros de estos colectivos, así como convocar las mismas para el ejercicio 2010. |
| MODALIDADES de prestaciones para personas con discapacidad | a) Atención Temprana y Rehabilitación: 1º Atención Temprana: apoyo psico-social a las familias, estimulación temprana, fisioterapia, psicomotricidad y logopedia, dirigidos a niños menores de 6 años, siempre que el servicio no esté cubierto por entidad pública. 2º Rehabilitación: apoyo psico-social a la familia, fisioterapia y logopedia, dirigidos a personas mayores de 6 años. b) Asistencia especializada: asistencia personal, domiciliaria, a gravemente afectados, pago de centro especializados, de movilidad y ayudas técnicas. c) Ayudas complementarias al transporte y de comedor. |
| Ayudas EXCLUIDAS | Las ayudas de asistencia sanitaria y farmacéutica y el subsidio de movilidad y compensación de gastos de transporte. Igualmente las necesidades de educación especial a las que van dirigidas las ayudas específicas convocadas para cada curso escolar por la administración educativa competente. |
| Plazo | El plazo para solicitar las ayudas estará abierto permanentemente durante la vigencia de las bases reguladoras. La concesión de las subvenciones se realizará mediante la prelación temporal de las solicitudes presentadas. |
| Documento | [ |
| Disposiciones relacionadas |