| PLAZO |
Las solicitudes podrán presentarse en los siguientes plazos:
a) Desde el día siguienta a la publicación de la presente Orden hasta el 20 de mayo de 2008.
En este plazo podrán presentar solicitudes quienes hayan causado baja en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social, cesado en su actividad empresarial, y permanezcan en situación de desempleo, e inscritos como demandantes de empleo en la correspondiente oficina de empleo de Castilla-La Mancha desde el 1 de enero de 2008, hasta la finalización de este primer plazo.
B) Del 1 de septiembre al 20 de octubre de 2008.
En este plazo podrán presentar solicitudes quienes hayan causado baja en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social, y cesado en su activida empresarial, desde el día 11 de mayo hasta la finalización de este segundo plazo.
Las situaciones que se pudieran producir desde el final de este último plazo de presentación, podrán acogerse a la convocatoria que, en su caso, se efectúe en el ejercicio 2009. |