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Desarrollo del Decreto 179/2002, de 17 de diciembre, en lo referente al Ingreso Mínimo de Solidaridad

Fecha del DOCM 09 enero 2008
Fecha de la Disposición 28 diciembre 2007
Páginas 503-506
Nº DOCM 7
RANGO ORDEN
Orden de 28-12-2007, de la Consejería de Bienestar Social, por la que se desarrolla el Decreto 179/2002, de 17 de diciembre, en lo referente al Ingreso Mínimo de Solidaridad
OBJETO El Ingreso Mínimo de Solidaridad es una ayuda periódica, de carácter económico, de duración temporal y de naturaleza subvencional a fondo perdido, destinada a unidades familiares que carezcan de medios económicos suficientes con que atender las necesidades básicas de la vida y con el fin de posibilitar la salida de la situación de marginación en que se encuentran.
PLAZO La presente convocatoria surtirá efectos a partir del 1 de enero de 2008 y su vigencia se prolongará, salvo derogación expresa de la misma, hasta el 31 de diciembre de 2008 supeditándose en todo caso su eficacia a la existencia de crédito adecuado y suficiente en los Presupuestos Generales de Castilla-La Mancha para cada ejercicio económico, a los efectos, entre otros, de su tramitación anticipada.
DOCUMENTO [FORMATO PDF] ( 290 Kb)
Disposiciones derogadas Disposición Orden de la Consejería de Bienestar Social de 21-12-2006, por la que se desarrolla el Decreto 179/2002, de 17 de diciembre, en lo referente al Ingreso Mínimo de Solidaridad, que no obstante seguirá en vigor para las subvenciones solicitadas o concedidas en virtud de la misma.
Disposiciones relacionadas Disposición Decreto 179/2002, de 17 de diciembre, en lo referente al Ingreso Mínimo de Solidaridad