a) Ayudas Técnicas para el entrenamiento y aprendizaje de capacidades.
b) Ayudas Técnicas para la protección y el cuidado personal.
c) Ayudas Técnicas para la movilidad personal.
d) Ayudas Técnicas para las actividades domésticas.
e) Ayudas y adaptaciones de viviendas y otros edificios.
f) Ayudas
Técnicas para la comunicación, la información y la señalización.
g) Ayudas para la manipulación de productos y bienes.
h) Ayudas Técnicas para el esparcimiento.
i) Ayudas para Eliminación de Barreras en edificios y viviendas de uso habitual.
* Quedan excluidas de la presente Orden las Prestaciones Ortoprotésicas, reguladas en el Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre. |