| PLAZO |
Las solicitudes, suscritas por quienes figuren en el Registro de Centros Docentes no universitarios de Castilla-La Mancha como titulares o en representación de los mismos si fuesen persona jurídica, deberán ser presentadas, desde el mismo día de la publicación de la presente Orden hasta el día 20 de febrero inclusive, ante la Delegación Provincial de la Consejería de Educación y Ciencia en cuyo ámbito territorial se hallen ubicados los respectivos centros en cualquiera de los lugares a que hace referencia el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, conforme al model o del Anexo I que figura en esta Orden.
De conformidad con el artículo tercero del Decreto 89/2003, de 27 de mayo, sobre presentación de solicitudes de subvenciones, ayudas públicas o prestaciones de servicios sujetos a convocatorias públicas, la documentación justificativa adicional a la solicitud se requerirá de los interesados, una vez dictada la resolución y si esta fuere estimatoria, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 4.2 del mencionado Decreto. |