| OBJETO |
Delegar en los titulares de las Delegaciones Provinciales de Bienestar Social en el ámbito de cada Delegación Provincial, el ejercicio de las competencias para resolver los procedimientos para el reconocimiento de la situación de dependencia y derecho a las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, así como aprobar los Programas Individuales de Atención salvo en aquéllos supuestos que éstos contemplen el acceso a una prestación o recurso que la normativa vigente atribuya la competencia de su resolución a la Dirección General de Atención a Personas Mayores y con Discapacidad. |