| Fecha del DOCM |
06 julio 2007 |
| Fecha de la Disposición |
03 julio 2007 |
| Páginas |
18168-18172 |
| Nº DOCM |
142 |
| RANGO |
DECRETO
Decreto 112/2007, de 03-07-2007, por el que se regulan ayudas, para el mantenimiento de las condiciones básicas de vida, destinadas a personas en estado de viudedad o análoga relación de afectividad o familiares convivientes que dependieran económicamente de la persona fallecida |
| OBJETO |
El presente Decreto tiene por objeto establecer y regular una ayuda económica para atender situaciones de necesidad o desventaja social en que se encuentren las personas que no estén en disposición de conseguir mantener, a través de sus fuentes de ingresos, a través de sus fuentes de ingresos, unas condiciones básicas de vida en su hogar habitual, por el hecho de que el cónyuge, persona con quien mantenía análoga relación de afectividad, o familiar con quien compartían los gastos y de quien dependían económicamente, ha fallecido.
Estas personas en estado de viudedad, que hubieran mantenido análoga relación de afectividad a la conyugal, o que fueran familiares convivientes que dependieran económicamente del fallecido, además de mantener con sus únicos ingresos los gastos del hogar habitual, no deben contar con unos ingresos superiores a 7.200 euros anuales por todos los conceptos computados conforme a lo establecido en el artículo 3.c) de esta disposición |
| PLAZO |
El plazo de presentación
para las ayudas estará permanentemente abierto. |
| Disposiciones relacionadas |
Decreto 283/2007, de 09-10-2007, por el que se modifica el Decreto 112/2007, de 03-07-2007, ampliándose los beneficiarios de ayudas para el mantenimiento de las condiciones básicas de vida, destinadas a personas en estado de viudedad o análoga relación de afectividad o familiares convivientes que dependieran económicamente de la persona fallecida.
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| DOCUMENTO |
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