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Convocan ayudas de transporte y comedor a Centros Privados Concertados de Educación Especial para el curso 2006/2007

Fecha del DOCM 25 de enero de 2007
Fecha de la Disposición 5 enero de 2007
Páginas 1699-1709
Nº DOCM 19
RANGO ORDEN
Orden de 05-01-2007, de la Consejería de Educación y Ciencia, por la que se convocan ayudas de transporte y comedor a Centros Privados Concertados de Educación Especial para el curso 2006/2007.
OBJETO Convocar ayudas de transporte y comedor para el curso escolar 2006/2007, destinadas a financiar el coste del desplazamiento diario y el servicio de comedor escolar de los alumnos y alumnas matriculados, por necesidades de escolarización específica, en Centros Privados Concertados de Educación Especial, en las modalidades que se detallan:
A) Ayudas de transporte a los Centros.
A.1) Ayuda a los Centros Privados Concertados de Educación Especial, cuando el servicio de transporte escolar sea prestado por estos Centros con vehículos de su propiedad.
A.2) Ayuda a los Centros Privados Concertados de Educación Especial cuando el servicio de transporte escolar se contratado por éstos con empresas del sector.
B) Ayudas individuales de transporte y comedor al alumnado.
B.1) Ayuda individual de transporte escolar para alumnos y alumnas escolarizados en Centros Privados Concertados de Educación Especial que por carecer de ruta de transporte escolar se desplazan por sus propios medios o, utilizando ruta de transporte gestionada por el Centro, residen a más de 2 kms. de la parada más próxima a su domicilio habitual.
B.2) Ayuda individual de comedor escolar para alumnos y alumnas usuarios de este servicio que se encuentran escolarizados en Centros Privados Concertados de Educación Especial con jornada de manaña y tarde.
En los Centros con jornada continuada tendrá igualmente derecho a la ayuda de comida al mediodía el alumnado que permanezca en el Centro realizando actividades programadas por el Consejo Escolar en sesión de tarde. En estos Centros la expedición de regreso del transporte escolar será única y su horario lo determinará igualmente el Consejo Escolar, en función de dichas actividades.
PLAZO El plazo de presentación de solicitudes para los Centros y alumnado será de 30 días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta Orden en el DOCM
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