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AYUDAS INDIVIDUALES PARA ADQUIRIR AYUDAS TÉCNICAS Y ELIMINAR BARRERAS, 2007.

Fecha del DOCM 29 de diciembre de 2006
Fecha de la Disposición 22 de diciembre de 2006
Páginas 28992-29002
Nº DOCM 270 - Fasc I
RANGO ORDEN
Orden de 22-12-2006, de la Consejería de Bienestar Social, por la que se regulan las bases y se convocan subvenciones destinadas a ayudas individuales para la adquisición de ayudas técnicas y eliminación de barreras, durante 2007.
OBJETO

Convocar Ayudas Individuales para la adquisición de ayudas técnicas y eliminación de barreras durante el año 2007, en las siguientes modalidades:
a) Adquisición de Ayudas Técnicas, entendiendo por éstas, aquellos instrumentos que, actuando como intermediarios entre la persona con alguna limitación y el entorno, meidante medios mecánicos o estáticos, facilite su relación y permitan una mejor movilidad y autonomía, mejorando su calidad de vida.
b) Ayudas individuales para la Eliminación de Barreras arquitectónicas en edificios particulares con la finaldiad de hacer accesibles el interior de las viviendas o el acceso a las mismas.

Quedan excluidas las Prestaciones Ortoprotésicas, reguladas en el Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre.

MODALIDADES a) Ayudas Técnicas para la terapia y el entrenamiento.
b) Ayudas Técnicas para la protección y el cuidado personal.
c) Ayudas Técnicas para la movilidad personal.
d) Ayudas técnicas para las tareas domésticas.
e) Ayudas y adaptaciones de viviendas y otros edificios.
f) Ayudas técnicas para comunicación, información y señalización.
g) Ayudas para el manejo de productos y mercancías.
h) Ayudas Técnicas para el esparcimiento.
i) Ayudas para la Eliminación de Barreras en edificios y viviendas de uso habitual.
BENEFICIARIOS/AS a) Las personas que tengan reconocido un grado de minusvalía de al menos un 33%, o, en el caso de menores de 6 años, presentar trastornos en su desarrollo o riesgo de padecerlos, según valoración del Centro Base correspondiente.
b) Los mayores de 70 años, aún sin tener reconcomio un grado de minusvalía de al menos el 33%, pueden solicitar Ayudas para Eliminación de Barreras para su domicilio habitual justificando mediante informe médico normalizado (Anexo I) sus dificultades de movilidad.
CUANTÍAS Las ayudas podrán ser concedidas por el coste total de la Ayuda solicitada o por una parte de la misma.
En todo caso, las ayudas no podrán exceder de 15.000 euros.
PLAZO El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 30 de marzo de 2007.
DOCUMENTO [FORMATO PDF] ( 548 Kb)
Disposiciones derogadas Orden de 06-07-2006, de la Consejería de Bienestar Social, por la que se efectúa nueva convocatoria durante 2006, para la concesión de subvenciones destinadas a Ayudas Individuales para la Adquisición de Ayudas Técnicas y Eliminación de Barreras. [DOCM de 19 de julio de 2006]

Orden de 14-12-2005, de la Consejería de Bienestar Social, por la que se regulan las bases y se convocan subvenciones destinadas a Ayudas Individuales para la Adquisición de Ayudas Técnicas y Eliminación de Barreras para 2006. [DOCM de 22 de diciembre de 2005]