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Bases reguladoras relativas a las subvenciones para incentivar los contratos para la formación en actividades artesanales

Fecha del DOCM 21 de diciembre de 2005
Fecha de la Disposición 24 de noviembre de 2005
Página 23840-23859
RANGO
ORDEN
Orden de 24-11-2005, de la Consejería de Trabajo y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras relativas a las subvenciones para incentivar los contratos para la formación en actividades artesanales y se aprueba la convocatoria para el ejercicio 2006.
BENEFICIARIOS y REQUISITOS Serán subvencionables los contratos de formación suscritos con trabajadores que reúnan los siguientes requisitos:
1. Desempleados inscritos como demandantes de empleo en el Servicio Público de Empleo de Castilla-La Mancha, no ocupados en el momento de la contratación.
2. Ser mayores de 16 años y menores de 21 años. Este límite de edad no se aplicará cuando el contrato se formalice con personas con discapacidad igual o superior al 33%.
3. No tener la titulación requerida para realizar un contrato en prácticas, ni cualificación profesional y académica en la actividad a desarrollar.
4. No haber agotado la duración máxima establecida para los contratos de aprendizaje, o para la formación, en una relación laboral anterior en la misma o distinta empresa, sea o no la misma actividad.
5. No haber pertenecido con anterioridad a la plantilla de la empresa que lleva a cabo la contratación.
PLAZO DE SOLICITUD La entidad beneficiaria deberá presentar, en el plazo máximo de dos meses, a contar desde el día siguiente al inicio de la relación laboral, solicitud de subvención mediante modelo normalizado (Anexos I(a) a XIII), dirigida al Director General de Empleo
DOCUMENTOS
(formato pdf)
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