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Los proyectos podrán ejecutarse desde el día
siguiente a la presentación de la solicitud en un registro oficial,
hasta el 15 de noviembre de 2005. No obstante, si el proyecto lo requiere,
previa justificación ante la Dirección General de Empleo,
se podrán otorgar prórrogas de ejecución que, en
ningún caso, podrán exceder del 31 de diciembre de 2005.
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