Régimen jurídico de los Centros de Atención
a Personas con Discapacidad Física de C-LM y el procedimiento de acceso.
Fecha del DOCM
21 de diciembre de 2004
Fecha de la Disposición
10 de diciembre de 2004
Páginas
21469-21473
RANGO
DECRETO
Decreto 281/2004, de 10-12-2004, por el que se establece el régimen
jurídico de los Centros de Atención a Personas con Discapacidad
Física de Castilla-La Mancha y el procedimiento de acceso a los
mismos.
OBJETO
Regular el régimen
jurídico y tipología de los Centros de Atención a
Personas con Discapacidad Física integrados en la Red Pública
de Castilla-La Mancha, y el procedimiento de acceso a los mismos.
CLASIFICACIÓN
Centros de Día.
Recursos residenciales.
Tipología de los recursos residenciales dependiendo del grado
de autonomía:
Residencias para personas con Discapacidad Física Gravemente
Afectadas.
Viviendas con apoyo intermitente.
Viviendas con apoyo permanente.
REQUISITOS GENERALES
Edad: entre 18 años o, ser menor emancipado, y 60 años
de edad.
Tener reconocido el grado de discapacidad física.
Residir en algún municipio de Castilla-La Mancha, desde al
menos, los dos años anteriores a la presentación de la
solicitud.
No padecer enfermedad infecto-contagiosa.
No precisar de atención médica continuada en un centro
hospitalario.
No presentar problemas de conducta.
Haber sido valorado y orientado por el Equipo Técnico de Valoración
hacia el recurso solicitado.
Factores que se valoran para el ingreso
Situación sociofamiliar.
Grado de autonomía personal y social.
Condiciones de la vivienda y del entorno.
Situación económica.
Reagrupamiento familiar e integración en la comunidad.
Otras circunstancias de carácter personal, económico
o social referidas al interesado.
SOLICITUDES de ingreso
Las solicitudes de ingreso se formularán según modelo oficial
facilitado en las Delegaciones Provinciales de Bienestar Social.