| Las solicitudes
de convenio para Teleasistencia se presentarán en la Dirección
General de Acción Social y Cooperación Internacional o en
cualquiera de los registros previstos en el art. 38.4 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, hasta
el día 31 de diciembre de 2004.
Excepcionalmente, cuando existan causas sociales que lo justifiquen, a
criterio de la Dirección General de Acción Social y Cooperación
Internacional, se podrán atender solicitudes fuera de plazo, siempre
que exista crédito presupuestario destinado a tal fin.
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