Constituye el objeto de la presente
Orden, la convocatoria de las ayudas, materializadas mediante convenios,
para la financiación de las Prestaciones Básicas de Servicios
Sociales Generales, en el marco del Plan Concertado, destinadas a Corporaciones
Locales integradas en el mismo.
Conceptos financiables:
a) Gastos de personal estructural de los Servicios Sociales Generales.
b) Gastos de mantenimiento de los Centros Sociales.
c) Gastos de programa y del personal de desarrollo de éstos, incluídos
en el Proyecto de Servicios Sociales Generales del Municipio.
d) Gastos para la prestación del Servicio de Ayuda a Domicilio,
que en su caso se integrarán en el convenio que se suscriba, siendo
aplicable la regulación específica de la Orden de convocatoria
para la prestación de dicho servicio.
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