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LEY 2/2003, de 30 de enero de 2003, DEL SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO DE CASTILLA-LA MANCHA.
Fecha del DOCM 17 de febrero de 2003
Fecha de la Disposición 30 de enero de 2003
Página 2113
RANGO
LEY
Ley 2/2003, de 30 de enero de 2003, del Servicio Público de Empleo de Castilla-La Mancha.
OBJETO
Se crea el Servicio Público de Empleo de Castilla-La Mancha como organismo autónomo de carácter administrativo, adscrito a la Consejería que tenga atribuídas las competencias de Empleo, como órgano gestor de las políticas de empleo de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
PRINCIPIOS

En su organización y funcionamiento, así como en el ejercicio de sus competencias, el Servicio Público de Empleo de Castilla-La Mancha se regirá por los siguientes principios:
a) Igualdad de oportunidades garantizando la no discriminación por razón de sexo, etnia, edad, estado civil, opinión, religión, origen, condición social o lengua o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
b) Participación de los agentes sociales más representativos de la región.
c) Solidaridad territorial y personalización de sus actuaciones.
d) Gratuidad, universalidad y personalización de sus actuaciones.
e) Actuación positiva a favor de trabajadores y trabajadoras en dificultades de inserción laboral y de acceso al empleo estable y de calidad.

DOCUMENTO
formato pdf