INGRESO MÍNIMO DE SOLIDARIDAD.
| Fecha del DOCM | 26 de diciembre de 2003. |
| Fecha de la Disposición | 18 de diciembre de 2003. |
| Páginas | 20269-20274 |
| RANGO | ORDEN Orden de 18-12-2003, de la Consejería de Bienestar Social, por la que se desarrolla el Decreto 179/2002, de 17-12-2002, en lo referente al Ingreso Mínimo de Solidaridad. |
| SOLICITUD | La petición se formulará en modelo oficial y estará acompañada de la documentación que sea de aplicación a las circunstancias concretas de cada solicitantes. Las solicitudes se presentarán en las Delegaciones Provinciales de las Consejería de Bienestar Social bien directamente o a través de los Servicios Sociales de Base. El plazo de petición estará permanentemente abierto sujeto, en todo caso, a la existencia de consignación presupuestaria suficiente en la partida 27/07/312A/4811A. |
| DOCUMENTO |
[ |