| Objeto |
ANUNCIO
Bases del galardón Herencia Solidaria.
Primera. -Las presentes bases tienen por objeto la regulación
del proceso para la elección de la persona física o
jurídica merecedora del galardón Herencia Solidaria.
Segunda. - Podrán ser premiadas las personas físicas
o jurídicas cuyo origen o ámbito de actuación
sea local o regional, pudiéndose valorar por la Comisión
de evaluación de Propuestas la vinculación o repercusión
en el pueblo de Herencia y que hayan destacado por su acción
continuada o especialmente significativa a favor de grupos o personas
caracterizadas por encontrarse en situación de especial dificultad
social, pobreza, exclusión o riesgo de forma totalmente altruista.
Quedarán incluidos los siguientes campos:
- Derechos Humanos
- Personas con discapacidades
- Infancia y Juventud
- Inmigrantes
- Minorías y situaciones de discriminación étnica
o cultural
- Mujer
-Personas con proceso de desinstitucionalización: salud mental,
exreclusos, etc
- Personas mayores
- Transeúntes y personas "sin techo"
- Cooperación internacional
- Refugiados
- Colectivos en exclusión social. |
| Plazo |
El plazo de presentación de solicitudes comenzará
el día siguiente a su publicación en el Boletín
Oficial de la Provincia, finalizando la admisión de propuestas
el 30 de agosto del 2004. |