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BASES DEL GALARDÓN "HERENCIA SOLIDARIA"

Fecha del BOP 2 de agosto de 2004.
Objeto ANUNCIO
Bases del galardón Herencia Solidaria.
Primera. -Las presentes bases tienen por objeto la regulación del proceso para la elección de la persona física o jurídica merecedora del galardón Herencia Solidaria.
Segunda. - Podrán ser premiadas las personas físicas o jurídicas cuyo origen o ámbito de actuación sea local o regional, pudiéndose valorar por la Comisión de evaluación de Propuestas la vinculación o repercusión en el pueblo de Herencia y que hayan destacado por su acción continuada o especialmente significativa a favor de grupos o personas caracterizadas por encontrarse en situación de especial dificultad social, pobreza, exclusión o riesgo de forma totalmente altruista. Quedarán incluidos los siguientes campos:
- Derechos Humanos
- Personas con discapacidades
- Infancia y Juventud
- Inmigrantes
- Minorías y situaciones de discriminación étnica o cultural
- Mujer
-Personas con proceso de desinstitucionalización: salud mental, exreclusos, etc
- Personas mayores
- Transeúntes y personas "sin techo"
- Cooperación internacional
- Refugiados
- Colectivos en exclusión social.
Plazo El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, finalizando la admisión de propuestas el 30 de agosto del 2004.
Documento [formato pdf]