
La Oficina Permanente Especializada es un órgano de carácter permanente y especializado del Consejo Nacional de la Discapacidad encargado de promover la igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal.
La Oficina Permanente Especializada presta servicios de asesoramiento, estudios y análisis de consultas o denuncias presentadas por las personas con discapacidad.
La Oficina Permanente Especializada presta sus servicios pensando en la no discriminación para la ciudadanía con discapacidad.
¿QUIÉN PUEDE ACUDIR?
SERVICIOS QUE PRESTA LA OFICINA PERMANENTE ESPECIALIZADA (OPE)
Información, atención y orientación a las personas que se dirijan a la OPE sobre:
Las materias de su competencia.
Tramitación de las denuncias, quejas y consultas en materia de discriminación.
Iniciación de los expedientes informativos que se planteen en materia de no discriminación para el estudio y análisis de la denuncia, queja o consulta.
Contestación a todas las denuncias, quejas y consultas admitidas a trámite mediante la correspondiente información y asesoramiento.
Elevación de informe de los hechos de cada expediente consultivo a la Comisión Permanente del Consejo Nacional de la Discapacidad.
Propuesta al Pleno del Consejo Nacional de la Discapacidad de recomendaciones en materia de discapacidad que puedan atribuir a la mejora de la situación del colectivo.
Elaboración anual del Informe General para su presentación en el Pleno del Consejo Nacional de la Discapacidad.
Colaboración y cooperación con otras instituciones y entidades, públicas y privadas, en materias relacionadas con el cumplimiento de los fines que tienen asignados.
COMPROMISOS DE CALIDAD QUE SE OFRECEN
1. En relación con la tramitación de denuncias o quejas:
- La conclusión del expediente informativo se adoptará en el plazo máximo de dos meses desde la finalización de las diligencias de investigación e información, entendiendo por tales las que se requiera contestación de una Administración Pública, entidad privada o la propia persona con discapacidad que plantea la denuncia.
- Cuando las circunstancias excepcionales impidan por su complejidad dar una contestación, se informará al interesado de la situación.
2. En relación con las consultas:
- Se les dará respuesta en el plazo de un mes desde su presentación.
- En el caso de que, por determinadas circunstancias, no fuera posible dar una contestación por escrito en este plazo, se informará y explicará adecuadamente a la persona con discapacidad de los motivos que justifican el retraso.
3. La información presencial se presentará en las siguientes condiciones:
- Concertar cuando sea necesario una cita presencial en la sede de la OPE para la continuación del expediente de información.
4. La información telefónica se prestará en las condiciones siguientes:
- Las llamadas telefónicas de la OPE se atenderán en horario de 9 a 14 horas.
En caso de ocupación de líneas, los interesados podrán dejar un mensaje que será atendido en un plazo no superior a 24 horas.
5. La información telemática se prestará en las condiciones siguientes:
- Se dará aviso de recibo en 24 horas. Se atenderán las peticiones de información y asesoramiento que se tramiten por este medio en el plazo de dos días laborales, siempre que no requiera apertura de expediente informativo.
INDICADORES DEL NIVEL DE CALIDAD DE LOS SERVICIOS PRESTADOS
Porcentaje de conclusión de expedientes informativos en dos meses desde la finalización de las diligencias de información.
Porcentaje de respuestas de consultas en un mes desde la presentación de la solicitud.
Número de solicitudes y porcentaje de citas concertadas en atención presencial.
Porcentaje y número de llamadas resueltas en horario de atención y porcentaje de llamadas efectuadas sobre solicitudes presentadas en mensajes al contestador.
Porcentaje de avisos de recibo de correos electrónicos recibidos y plazos de respuesta de los mismos.
MEDIDAS DE SUBSANACIÓN EN CASO DE INCUMPLIMIENTO DE LOS COMPROMISOS DECLARADOS
Carta informativa del Director General de Coordinación de Políticas Sectoriales sobre Discapacidad comunicando personalmente al ciudadano las medidas adoptadas en relación con la deficiencia observada.
Las reclamaciones por incumplimiento de los compromisos podrán dirigirse a la Dirección Ejecutiva de la Oficina Permanente Especializada.
PARTICIPACIÓN DE CIUDADANOS Y USUARIOS
Los ciudadanos y los usuarios con discapacidad podrán colaborar en la presentación del servicio a través de los siguientes medios:
- Mediante la expresión de sus opiniones en las encuestas que periódicamente se realizan.
- Mediante la formulación de quejas y sugerencias conforme a lo previsto en esta Guía.
QUEJAS Y SUGERENCIAS
Los ciudadanos podrán presentar sus quejas y sugerencias sobre el funcionamiento del servicio, según el procedimiento establecido en la Guía para su gestión, aprobada por Resolución de 6 de febrero de 2006.
En el Registro General del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales estarán disponibles los formularios de quejas y sugerencias.
UNIDAD RESPONSABLE DE LA CARTA
La Dirección Ejecutiva de la Oficina Permanente Especializada (OPE) es responsable de velar por el cumplimiento de los compromisos de calidad declarados en esta Carta de Servicios.
Dirección:
Paseo de la Castellana., 67, 5ª planta, despachos 501.1 C y 501.2 C (acceso por entrada principal del Ministerio de Fomento).
Teléfonos:
91 363 51 83 - 91 363 52 60
Direcciones telemáticas:
- DTS: 91 363 50 93
- Fax: 91 363 50 74
- E-mail: ope@mtas.es
Medios de transporte:
- Metro y Cercanías: Nuevos Ministerios: líneas, 6, 8 y 10 (ascensores desde el metro).
- Autobuses: 7, 14, 27, 40, 45, 126, 147, 150, Circular (parada de Nuevos Ministerios).
Horario de atención al público:
De lunes a viernes de 9 a 14:00 previa petición de cita.