CENTROS ESPECIALES DE EMPLEO DE ALBACETE
Los Centros Especiales de Empleo son empresas cuyo objetivo principal es el de realizar un trabajo productivo, participando regularmente en las operaciones del mercado, y cuya finalidad es asegurar un empleo remunerado y la prestación de servicios de ajuste personal y social que requieran sus trabajadores con discapacidad.
Características
Puede ser titular de un Centro Especial de Empleo cualquier persona física o jurídica, pública o privada, incluso comunidad de bienes, con capacidad jurídica y de obrar para ser empresario (sociedades mercantiles, asociaciones, fundaciones, etc)
Su plantilla tiene que estar formada al menos en un 70 por 100 por minusválidos con una reducción de, al menos, un 33 por ciento de su capacidad para el trabajo, sin perjuicio de las plazas en plantilla del personal no minusválido imprescindible para el desarrollo de su actividad.
Los Centros Especiales de Empleo se conciben como un medio de integración laboral de las personas con discapacidad en las empresas ordinarias, fin primordial de la política de integración laboral de este sector, por lo que la normativa reguladora de la materia insiste en se trata de auténticas empresas que deben sujetar su gestión a las mismas normas y requisitos que afecten a cualquier empresa del sector al que pertenezcan.
La financiación de los Centros Especiales de Empleo
Los Centros Especiales de Empleo obtienen los recursos para su financiación, además de los que procedan del desarrollo de su actividad económica, de las ayudas procedentes de la Administración Pública.
En concreto, dicha ayudas se regulan en la Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de 16 de octubre de 1998, ayudas gestionadas por la Consejería de Trabajo y Empleo para los Centros de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
Las ayudas más significativas recogidas en dicha Orden son:
Ayudas a proyectos generadores de empleo: creación de centros, ampliación de plantillasiempre que el beneficiario justifique adecuadamente la inversión que implica el proyecto para acciones consistentes en inversiones fijas, financiación parcial de intereses de préstamos y asistencia técnica.
La cuantía de la ayuda oscila entre los 12.020,24 € por puesto de trabajo creado con carácter estable si el Centro Especial de Empleo supera el 90 por 100 de trabajadores con discapacidad en la plantilla, y los de 9.015,18 euros en los casos en que este oscile entre el 70 y el 90 por 100, no computándose el personal no discapacitado del servicio de ajuste personal y social ni aquel que preste servicios en puestos que, por su naturaleza o complejidad, no puedan ser desempeñados por trabajadores con discapacidad.
Ayudas para el mantenimiento de puestos de trabajo,consistentes en la subvención del coste salarial correspondiente al puesto de trabajo ocupado por personal discapacitadoque realice una jornada de trabajo laboral normal por un importe del 50% del Salario Mínimo Interprofesional o, en cuantía proporcional al tiempo de trabajo si éste es a tiempo parcial.
Ayudas para el mantenimiento de puestos de trabajo, consistentes en una bonificación del 100 por 100 de la cuota empresarial a la Seguridad Social.
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Registro de Centros Especiales de Empleo
Los centros especiales de empleo pueden ser creados por las Administraciones Públicas, bien directamente o en colaboración con otros organismos, por Entidades, o por cualquier persona física o jurídica o comunidad de bienes que tengan capacidad jurídica y de obrar para ser empresarios, y en consecuencia puedan contratar a trabajadores conforme a la legislación laboral aplicable.
En el caso de las personas jurídicas la capacidad jurídica y de obrar se adquiere mediante su inscripción previa en el Registro que proceda (Registro Mercantil, Registro de Cooperativas, etc).
La creación de un Centro Especial de Empleo exige su calificación e inscripción en el REGISTRO DE CENTROS ESPECIALES DE EMPLEO dependiente de la Dirección General de Trabajo e Inmigración de la Consejería de Trabajo y Empleo.
Para que puede efectuarse la calificación e inscripción es necesario que se cumplan los siguientes requisitos:
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Normativa reguladora
ESTATAL
Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración Social del Minusválido.
Real Decreto 2273/1985 de 4 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de los centros especiales de empleo.
Real Decreto 1368/1985, de 17 de julio, por la que se regula la relación laboral de carácter especial de minusválidos que trabajen en los centros especiales de empleo.
Orden de 16 de octubre de 1998 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas y subvenciones públicas destinadas al fomento de la integración laboral de los minusválidos en CEE y trabajo autónomo.
Real Decreto 290/2004, de 20 de febrero, por el que se regulan los enclaves laborales como medida de fomento del empleo de las personas con discapacidad.
Real Decreto 364/2005, de 8 de abril, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva en favor de los trabajadores con discapacidad (B.O.E nº 94, de 20 de abril), norma que regula, entre otras figuras, los enclaves laborales como medida alternativa para el cumplimiento por parte de las empresas de la citada cuota de reserva.
Real Decreto 469/2006, de 21 de abril, por el que se regulan las unidades de apoyo a la actividad profesional en el marco de los servicios de ajuste personal y social de los Centros Especiales de Empleo.
AUTONÓMICA
Orden de 30/04/2010, de la Consejería de Trabajo y Empleo, por la que se aprueban las bases para la concesión de subvenciones a las unidades de apoyo a la actividad profesional en el marco de los servicios de ajuste personal y social de los centros especiales de empleo, y se efectúa la convocatoria para el ejercicio 2010. [DOCM 10 mayo 2010]
Orden de 14-03-2007, de la Consejería de Trabajo y Empleo, sobre enclaves laborales como medida de fomento del empleo de las personas con discapacidad. [DOCM 21 de marzo de 2007]
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LISTADO DE CENTROS ESPECIALES DE EMPLEO EN LA PROVINCIA DE ALBACETE
CENTROS ESPECIALES
DE EMPLEO
AMIAB Albacete, S.L.
Polígono Campollano, C/D, 57 Nave 10
02007 Albacete
Tfno: 967 19 10 93
Actividad: Limpieza.
E-mail: asociacion@amiab.com
EMPLEDIS S.L.
C/ Cruz, 21 bajo
02001 Albacete
Tlfno.: 967 52 14 16
E-mail: empledis@asociacionifad.org
WEB: http://www.asociacionifad.org/marco.htm
Actividad: Publicidad, mailing
ADISCLAM S.C.L.
Polígono Industrial Campollano,
C/C 4 Nave 41
02007 Albacete
Tlfno.: 626 44 66 12
Actividad: Manipulados
TASIPAE S.L.
Polígono Industrial Campollano C/C nº 28
Pasaje, Nave 7
02006 Albacete
Tlfno.: 967 19 17 46
Actividad: Fabricación de artículos acabados en mental.
ARTESANOS DISCAPACITADOS DE CASTILLA-LA MANCHA, S.L.
C/ Ramón Casas, 5
Albacete
Tlfno.: 967 52 44 12
Actividad: Fabricación, decoración y comercio trofeos y regalos.
FUNDOSA GALENAS, S.A. ALBACETE
C/ Hermanos Falcó, 37, Interior Hospital Universitario
Albacete
Tlfno.: 91 506 88 88
Actividad:Comercio minorista.
Manufacturas de la Sierra, S.L.
C/ Bailén, 16
Albacete
Actividad: Fabricación prendas vestir y complementos.
TELESOFT, S.L.
C/ Alcalde Conangla, 66
Albacete
Actividad: Desarrollo y diseño páginas web.
TRIPLEJQ-2008, S.L.
Polígono Industrial Romica, C/1 Nave B1
Albacete
Actividad: Manufacturados, productos semiacabados.
EULEN CENTRO ESPECIAL DE EMPLEO, S.A.
Avda. Ramón y Cajal, 3
Albacete.
ALMANSA
Almansa Social, S.L.
C/ Velazquez, 6 Aptdo. 525
Almansa (Albacete)
Actividad: Aserrado y cepillado de la madera.
CENTRO COMARCAL DE DISCAPACITADOS DE HELLÍN, S.L.L.
C/ Juan Andújar Balsalobre, 1
02400 Hellín (Albacete)
Tfno.: 967 307 847 / 656 916 763
Actividad: Limpieza.
Jardinería SocialMancha, S.L.
Avda. de la Constitución, 1-3 K
02400 Hellín (Albacete)
Actividad: Limpieza, jardinería y mantenimiento general.
(Fuente: Consejería de
Trabajo y Empleo de la Junta de Comunidades de Castilla La-Mancha, 22 de junio
de 2009).
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[Fecha última actualización: 20 agosto 2010]