
COMPLEMENTO
ALQUILER PENSIONES NO CONTRIBUTIVAS
OBJETO
Ayuda económica
dirigida a los pensionistas no contributivos de la seguridad social para complementar
el pago del alquiler de la vivienda habitual
¿QUIEN TIENE DERECHO?
Las
personas que soliciten esta ayuda deben reunir los siguientes requisitos:
Titular
de Pensión No Contributiva de la Seguridad Social de jubilación
o invalidez a la fecha de solicitud.
Residencia habitual en la
vivienda alquilada, durante un período mínimo de 180 días
anterirores al de presentación de la solicitud y cuando durante dicho
período se hubiera percibido la pensión no contributiva.
CUANTIA
DE LA AYUDA
Para el año 2008, el importe de este complemento ha quedado fijado en 357 €, según determina la Ley 51/2007, de 26 de diciembre de Presupuestos Generales del Estado para dicho año.
LUGAR
DE PRESENTACIÓN
Las solicitudes se pueden presentar en las respectivas
Delegaciones Provinciales de la
Consejeria de Bienestar-Social. Así mismo
se pueden presentar en las formas previstas en el articulo 38.4 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Descarga la solicitud modificable 
NORMATIVA
REAL
DECRETO 1400/2007, de 29 de octubre, por el que se establecen normas para el
reconocimiento del complemento a los titulares de pensión de jubilación
e invalidez de la Seguridad Social, en su modalidad no contributiva, que residan
en una vivienda alquilada [B.O.E. Nº260 de 30-10-2007]. 
CORRECCIÓN
de errores del Real Decreto 1400/2007, de 29 de octubre, por el que se establecen
normas para el reconocimiento del complemento a los titulares de pensión
de jubilación e invalidez de la Seguridad Social, en su modalidad no contributiva,
que residan en una vivienda alquilada (B.O.E. Nº261 de 31-10-2007).