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AYUDAS DE VIVIENDA

 

ESTATAL

Ayudas Complemento alquiler pensiones no contributivas. [BOE 30 octubre 2007]

Ayudas Renta básica de emancipación de los jóvenes. [BOE 7 noviembre 2007]

 

REGIONAL

Ayudas Plan Estatal de Vivienda 2005-2008 y se desarrolla el IV Plan Regional de Vivienda y Suelo de Castilla-La Mancha horizonte 2010.

OBJETO: La regulación de las ayudas públicas y otras medidas de fomento y adaptación normativa y de gestión en materia de vivienda dentro del ámbito del Plan Estatal 2005-2008 para favorecer el acceso de los ciudadanos a la vivienda y del IV Plan Regional de Vivienda y Suelo de Castilla-La Mancha, Horizonte 2010.
Dichas ayudas podrán concederse a las actuaciones que se inicien a partir de la entrada en vigor del presente Decreto, y hasta el 31 de diciembre de 2008, salvo lo establecido en las disposiciones transitorias.

BENEFICIARIOS:

a) Compradores que acceden por primera vez a la vivienda en propiedad.
b) Jóvenes en los términos establecidos en el artículo 3.20.
c) Personas mayores de 65 años y sus unidades familiares.
d) Las mujeres víctimas de malos tratos de conformidad con lo establecido para Castilla-La Mancha en el artículo 13.1 de la Ley 5/2001 de 17 de mayo, de Prevención de Malos Tratos y de Protección a las Mujeres Maltratadas.
e) Víctimas del terrorismo.
f) Familias numerosas.
g) Familias monoparentales.
h) Personas con discapacidad y sus unidades familiares.
i) Otros colectivos en situación de riesgo de exclusión social.
j) Las personas que en aplicación de los establecido en la Disposición Adicional 4ª de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos se vean privadas del derecho a la subrogación "mortis causa", que les reconocía el texto refundido de la Ley de Arrendamientos Urbanos aprobado por Decreto 4104/1964, de 24 de diciembre.

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Ayudas Ayudas para viviendas nuevas de protección oficial o para vivienda ya construida. 2006.

Ayudas Orden de 25-04-2005, de la Consejería de Relaciones Institucionales, por la que se convocan ayudas para gastos de notario y de registro a jóvenes que adquieran su primera vivienda en Castilla-La Mancha.


Fecha DOCM: 29 de abril de 2005.

OBJETO :
La presente Orden tiene por objeto regular las bases y convocar, con carácter indefinido, la concesión de ayudas para la financiación de gastos de notaria y registro a jóvenes que adquieran su primera vivienda y ésta esté ubicada en Castilla-La Mancha.

PLAZO:
El plazo de presentación de solicitudes estará abierto permanentemente y se iniciará al día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

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Ayudas REGISTRO DE DEMANDA DE VIVIENDA (VPO.) ADAPTADA PARA PERSONAS EN SITUACIÓN DE MOVILIDAD REDUCIDA PERMANENTE.

Destinatarios: Personas con movilidad reducida permanente y personas sin limitaciones que convivan habitualmente con las mismas.

Requisitos exigidos: Residencia continuada y empadronamiento en esta Región; reconocimiento de la condición de minusválido en un grado de, al menos, un 33%, o bien padecer una movilidad reducida permanente o convivir con una persona que se halle en tales circunstancias.

Fecha diario: 31 de Diciembre del 1998

Importe: Sin coste

Información adicional: La inscripción en el registro puede solicitarse durante todo el año,y tiene una validez de tres años

Documentación a aportar: Acreditación de la personalidad y/o representación del solicitante. En caso de incapacidad.
Certificado de empadronamiento. En algún municipio de la región.
Fotocopia compulsada del DNI.
Fotocopia del certificado de minusvalía.
Solicitud.

Lugar de presentación: Las solicitudes podrán presentarse: en cualquier registro perteneciente a la Administración del Estado, a la de las Comunidades Autónomas, y a la de aquellas Entidades Locales que hubieran suscrito el oportuno Convenio, así como en las oficinas de correos, o en cualquier otra forma prevista por ley.

Plazo de resolución: Un mes.

Ayudas REGISTRO DE DEMANDA DE VIVIENDA (VPP.) ADAPTADA PARA PERSONAS EN SITUACIÓN DE MOVILIDAD REDUCIDA PERMANENTE

Destinatarios: Personas en situación de movilidad reducida permanente o que convivan habitualmente con ellas.

Requisitos exigidos: Residencia continuada y empadronamiento en esta Región; reconocimiento de la condición de minusválido en un grado de, al menos, el 33%, o bien padecer una situación de movilidad reducida permanente o convivir con persona que la padezca.

Fecha diario: 31 de Diciembre del 1998

Importe: Sin coste alguno.

Información adicional: La inscripción en el Registro tiene una validez de tres años.

Documentación a aportar: Certificado de empadronamiento en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha.
Documentación acreditativa de la identidad de la persona que solicita su inscripción.
Fotocopia del certificado de minusvalía de la persona en situación de movilidad reducida permanente.
Solicitud.

Lugar de presentación: Las solicitudes podrán presentarse: en cualquier registro perteneciente a la Administración del Estado, a la de las Comunidades Autónomas, y a la de aquellas Entidades Locales que hubieran suscrito el oportuno Convenio, así como en las oficinas de correos, o en cualquier otra forma prevista por ley.

Plazo de resolución: Un mes desde la presentación de la solicitud.

PROVINCIAL

 

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